El ROBCP, guía de lectura de un reglamento de 794 páginas
El ROBCP no se lee de principio a fin. Son 794 páginas repartidas en dos archivos que se descargan por separado, y el error más caro que puede cometer quien lo estudia es buscar un tema en el capítulo que lleva su nombre. Buena parte de lo que gobierna el precio de la energía no está en el cuerpo del reglamento: está en los anexos, que pesan casi el doble.
Este artículo es el mapa. Qué hay en cada pieza, dónde se busca cada cosa, y cómo citarlo sin equivocarse de versión.
Qué es y de dónde sale su autoridad
El nombre completo es Reglamento de Operación del Sistema de Transmisión y del Mercado Mayorista Basado en Costos de Producción. El nombre ya enuncia el diseño: el mercado se valoriza con costos de producción declarados y auditados, no con ofertas libres de precio.
Su autoridad no es propia. Viene del artículo 33 de la Ley General de Electricidad, que ordena que las normas de operación del sistema de transmisión y de administración del mercado mayorista estén contenidas en un Reglamento de Operación que elabora la Unidad de Transacciones y aprueba el regulador, previo visto bueno expreso de la DGEHM. Conviene retener el reparto, porque se cita mal con frecuencia: la UT redacta, el regulador aprueba. Y si lo que la UT propone no cumple la ley, el regulador indica las modificaciones y se lo devuelve; vencido el plazo sin que las incorpore, puede aprobarlo con las modificaciones que estime necesarias. La DGEHM, además, está facultada para modificarlo de manera directa cuando haga falta para cumplir el artículo 2 de la ley.
De ahí se sigue algo práctico. Una discrepancia sobre qué dice el reglamento se resuelve leyendo el texto; una discrepancia sobre qué debería decir no se resuelve en la UT.
La trampa de las fechas
El ROBCP tiene tres fechas distintas y casi todo el material secundario mezcla al menos dos.
| Hito | Fecha | Documento |
|---|---|---|
| Aprobación | 23 de octubre de 2008 | Acuerdo SIGET No. 232-E-2008 |
| Publicación | 31 de julio de 2009 | Diario Oficial No. 144, Tomo 384 |
| Inicio de aplicación | 1 de agosto de 2011 | El propio reglamento |
Casi tres años entre la aprobación y la entrada en vigencia. Al entrar en aplicación desplazó al reglamento anterior, el del Acuerdo No. E-13-99 de 1999, que fue el esquema con el que arrancó el mercado tras la reforma de los noventa.
Desde entonces acumula alrededor de treinta acuerdos modificatorios. Los primeros los emitió SIGET, desde el No. 222-E-2009 hasta el No. JDO-004-E-2025. Los más recientes los emite la DGEHM: los Acuerdos 25/2024/DE, 27/2024/DE, 13/2025/DE y 73/2026/DE. Ese cambio de emisor a partir de 2024 es en sí mismo un dato institucional, porque marca el traslado de competencias que se consumó con la reforma de julio de 2026.
La versión que publica la UT está actualizada a junio de 2026 e incorpora como último cambio el Acuerdo No. 73/2026/DE.
Dos archivos, no uno
Esta es la primera cosa que hay que saber, y la que más tiempo ahorra.
| Archivo | Páginas | Contenido |
|---|---|---|
| Cuerpo del reglamento | 294 | 21 capítulos: procesos, plazos, responsabilidades |
| Anexos | 500 | 21 anexos: procedimientos de cálculo, formatos, metodologías |
El cuerpo dice qué pasa y quién lo hace. Los anexos dicen cómo se calcula. Por eso el cuerpo se lee como un manual de procesos y los anexos como un manual de métodos, y por eso una pregunta que empieza con "cómo se determina" casi siempre se responde en los anexos.
El caso más claro: el cuerpo del ROBCP termina en el capítulo 21 y no contiene ningún capítulo sobre costos variables ni sobre la declaración de combustible. Toda esa maquinaria, que es la que produce el número que ordena el despacho, vive en los Anexos 04, 16 y 17.
El cuerpo, capítulo por capítulo
Las páginas son las de la versión de junio de 2026.
| Cap. | Título | Pág. | Para qué sirve |
|---|---|---|---|
| 1 | Glosario | 29 | Definiciones vinculantes. Se consulta, no se lee |
| 2 | Condiciones Generales | 47 | Categorías de participantes y reglas de ingreso |
| 3 | Manejo de la Información | 53 | Qué informa cada quién, en qué plazo, y los informes de la UT |
| 4 | Mercado de Contratos | 69 | Cómo se registran y despachan los contratos bilaterales |
| 5 | Ofertas de Oportunidad | 80 | Retiros e inyecciones por precio |
| 6 | Capacidad Firme | 84 | Retribución de la confiabilidad y su incumplimiento |
| 7 | Programación de la Operación | 104 | Los tres horizontes y la función objetivo |
| 8 | Programación Anual | 107 | Política de embalses y mantenimientos mayores |
| 9 | Programación Semanal | 115 | Valor del agua y compromiso de unidades |
| 10 | Programación Diaria o Predespacho | 123 | Despacho horario, costo marginal y MRS por congestión |
| 11 | Transacciones Regionales | 135 | Acoplamiento con el MER y el EOR |
| 12 | Servicios Auxiliares | 151 | Reserva rodante, regulación y reserva fría |
| 13 | Operación en Tiempo Real | 191 | Maniobras, redespachos y sus causales |
| 14 | Pérdidas de Transmisión | 203 | Determinación y asignación de pérdidas |
| 15 | Congestión en la Red de Transmisión | 207 | Tratamiento operativo de la congestión |
| 16 | Coordinación de Mantenimientos | 213 | Programa anual y criterio probabilístico de aprobación |
| 17 | Calidad y Seguridad Operativas | 227 | Criterios de desempeño del sistema |
| 18 | Transacciones Económicas | 253 | SIMEC, conciliación, monto remanente y el DTE |
| 19 | Diferencias entre precios del MRS y los PEO | 265 | Administración de esas diferencias |
| 20 | Generadores conectados a redes de distribución | 279 | Tratamiento de la generación distribuida |
| 21 | Régimen Transitorio de Seguridad de Combustibles | 282 | Disposiciones transitorias sobre combustible térmico |
Los anexos, uno por uno
| Anexo | Título | Pág. | Para qué sirve |
|---|---|---|---|
| 01 | Inscripción | 4 | Requisitos y trámite para entrar al mercado |
| 02 | Infracciones y Conflictos | 25 | Régimen sancionatorio y resolución de disputas |
| 03 | Información Técnica del Sistema | 34 | Qué datos técnicos declara cada participante |
| 04 | Precios de los Combustibles | 68 | Estructura de costos, declaración semanal, inventarios |
| 05 | Sistema de Administración de Energía | 81 | Requisitos del EMS |
| 06 | Transacciones del Mercado | 97 | Formularios y publicaciones, incluido el del PCpep |
| 07 | Sistema de Administración de Mercado | 130 | Requisitos del SAM, el modelo que despacha |
| 08 | Racionamiento | 135 | Escalones y unidad de racionamiento forzado |
| 09 | Cálculo del Precio en el MRS | 140 | Costo marginal, cargos del sistema, congestión |
| 10 | Operación en Tiempo Real | 151 | Procedimientos operativos de detalle |
| 11 | Servicios Auxiliares | 159 | Reserva de potencia activa y demás servicios |
| 12 | Normas de Calidad y Seguridad Operativas | 169 | Umbrales de calidad y riesgo |
| 13 | Medición Comercial | 184 | Requisitos del SIMEC y de los medidores |
| 14 | Facturación y Liquidación | 226 | Plazos de reclamo y proceso de cobro |
| 15 | Determinación de la Capacidad Firme | 240 | Cálculo, con la tasa de salida forzada como insumo |
| 16 | Curvas de Consumo Específico de Calor | 280 | Auditoría, polinomios y rango de validez |
| 17 | CVNC y Costos de Arranque y Detención | 364 | Clasificación de costos, indexación y ajuste |
| 18 | Tratamiento de la Hidrología | 461 | Series hidrológicas y escenarios |
| 19 | Curvas de Alerta de los Embalses | 467 | Umbrales de cota |
| 20 | Prueba de Potencia Máxima Neta | 474 | Cómo se verifica la capacidad declarada |
| 21 | Vertimiento de Generación Base | 480 | Administración del vertimiento |
Los cuatro en negrita son los que producen el número que ordena el despacho. Si el tiempo de estudio es limitado, son esos.
Índice inverso: de la pregunta al numeral
Esta es la tabla que conviene tener a mano. Va en la dirección en que uno realmente busca, que es desde la duda y no desde el índice.
| Si la pregunta es | Se busca en |
|---|---|
| ¿Cómo se forma el precio de la energía? | Anexo 09, 3.1 y 3.3 |
| ¿Qué es exactamente el costo variable de una térmica? | Anexo 09, 3.1.5 |
| ¿De dónde sale el precio del combustible que despacha? | Anexo 04, 3.1, 4.1, 4.2 y 7.1 |
| ¿Cuándo declara el generador y qué se publica? | Anexo 04, 10 y 11 |
| ¿Cómo se audita el consumo de calor? | Anexo 16, 2 y apéndice 3 |
| ¿Por qué el CVNC cambia todos los meses? | Anexo 17, 9.1 y 9.3 |
| ¿Cuánto combustible debe tener en tanque una central? | Anexo 04, 9 |
| ¿Qué pasa si una unidad opera por encima del costo marginal? | Anexo 09, 3.1.6 y 3.2.2.9 |
| ¿Cómo se calcula el valor del agua? | Cuerpo 9.5, y Anexo 09, 3.1.8 |
| ¿Qué pasa si una central está vertiendo? | Anexo 09, 3.1.12, y cuerpo 13.10.2 |
| ¿Qué obliga a redespachar? | Cuerpo 13.10.1 |
| ¿Qué obliga a reprogramar la semana? | Cuerpo 9.2.1 |
| ¿Cuándo hay más de un precio en el país? | Cuerpo 10.6.3, y Anexo 09, 3.5 |
| ¿Cómo entra una importación al despacho? | Cuerpo 11.5.4 y 11.5.5 |
| ¿A qué precio mínimo se puede exportar? | Cuerpo 11.4.4.1.1 |
| ¿Cómo se liquida el mes? | Cuerpo 18.4 a 18.7 |
| ¿Hasta cuándo se puede reclamar una liquidación? | Cuerpo 18.8, y Anexo 14 |
| ¿Cuánta reserva debe aportar cada unidad? | Anexo 11, 2.1, y cuerpo 12.4.3 |
| ¿Cómo se aprueba un mantenimiento mayor? | Cuerpo 16.2.1.4 a 16.2.1.6 |
| ¿Qué pasa si no hay medición? | Cuerpo 18.3.5 y 18.3.6 |
| ¿Qué es infracción y qué sanción tiene? | Anexo 02, y Anexo 04, 12 |
Cinco trampas de lectura
El numeral repetido. El cuerpo y los anexos numeran cada uno desde 1, así que un numeral suelto es ambiguo. "3.1.5" es una cosa en el Anexo 09 y otra distinta en cualquier otro documento. Toda cita necesita decir en cuál de los dos archivos vive.
El texto que dice SIGET. El reglamento fue escrito cuando el regulador eléctrico era SIGET, y su articulado sigue nombrándola. Desde el 2 de julio de 2026 la función reguladora en electricidad pasó a la DGEHM, y cualquier referencia a SIGET en la legislación eléctrica debe leerse como referencia a la DGEHM. Hay numerales que muestran la transición en curso: el 18.8.4 manda elevar un reclamo ante la SIGET con copia a la DGEHM.
La letra chica de un formato. Algunas de las frases que más cambian el sentido de un proceso están al pie de un formulario y no en el capítulo del proceso. El caso mayor es el numeral 7.4.3.7.1 del Anexo 06: el precio de combustible que el generador declara en ese formulario no se usa para la programación de la operación. Quien lea solo el Anexo 04 no lo encuentra.
La periodicidad confundida con el horizonte. La programación anual se actualiza mensualmente, y eso hace creer que existe un horizonte mensual. No existe: los horizontes son tres, anual, semanal y diaria (7.1.2). Del mismo modo, las estructuras de costo de combustible se revisan cada dos años, no cada año.
El régimen en extinción. No todo lo que está escrito sigue vivo. La Reserva Fría por Confiabilidad conserva su sección, pero los contratos vigentes corren hasta su término y no se llama a nuevas licitaciones ni se renuevan (12.7.1.2). Quien lea el capítulo 12 hoy está leyendo, en esa parte, un régimen transitorio.
Un orden de lectura que funciona
Para quien vaya a estudiarlo completo, este recorrido evita tener que releer.
- Cuerpo, capítulo 2 y Anexo 01. Quién puede participar y con qué requisitos. Da el vocabulario de actores.
- Cuerpo, capítulo 7. Los tres horizontes y la función objetivo. Es el esqueleto de todo lo demás.
- Anexo 09. Cómo se forma el precio. Es el capítulo más denso y el que más rinde, porque casi todo el resto existe para alimentarlo.
- Anexos 04, 16 y 17. De dónde salen los costos que el Anexo 09 consume. En ese orden: primero el precio del combustible, después la curva que lo traduce en consumo, después la parte no combustible.
- Cuerpo, capítulos 8, 9 y 10. Los tres horizontes en detalle, ya con los costos entendidos.
- Cuerpo, capítulos 11 y 18. El acoplamiento regional y la liquidación, que son donde todo lo anterior se convierte en dinero.
- El resto, por consulta. Los capítulos 12 a 17 y los anexos restantes se leen cuando una pregunta concreta los pide.
El glosario del capítulo 1 no va en ninguna posición de esa lista porque no se lee de corrido: se consulta cada vez que aparece un término definido, y en un reglamento de costos casi todos lo son.
Fuentes
- Reglamento de Operación del Sistema de Transmisión y del Mercado Mayorista
Basado en Costos de Producción (ROBCP), versión actualizada a junio de 2026.
Unidad de Transacciones. 294 páginas.
PDF.
Portada e introducción: acuerdo de aprobación, publicación en Diario Oficial,
fecha de inicio de aplicación, reglamento derogado y listado completo de
acuerdos modificatorios. Índice: los 21 capítulos con sus páginas. Numerales
citados: 7.1.2, 9.2.1, 10.6.3, 11.4.4.1.1, 11.5.4, 11.5.5, 12.7.1.2, 13.10.1,
13.10.2, 16.2.1.4 a 16.2.1.6, 18.3.5, 18.3.6, 18.4 a 18.8. Copia local:
normativa/robcp.pdf. Consultado el 22 de agosto de 2026. - ROBCP, Anexos, misma versión. Unidad de Transacciones. 500 páginas.
PDF.
Índice: los 21 anexos con sus páginas. Numerales citados: Anexo 04 (3.1, 4.1,
4.2, 7.1, 9, 10, 11 y 12), Anexo 06 (7.4.3.7.1), Anexo 09 (3.1, 3.1.5, 3.1.6,
3.1.8, 3.1.12, 3.2.2.9, 3.3 y 3.5), Anexo 11 (2.1), Anexo 16 (2 y apéndice 3)
y Anexo 17 (9.1 y 9.3). Copia local:
normativa/robcp-anexos.pdf. Consultado el 22 de agosto de 2026. - Ley General de Electricidad, Decreto Legislativo No. 843 del 10 de octubre
de 1996, con reformas hasta el Decreto No. 548 del 9 de abril de 2026.
Artículo 33: el Reglamento de Operación lo elabora la UT y lo aprueba el
regulador, con visto bueno expreso de la DGEHM, que puede además modificarlo
de manera directa. Copia local:
normativa/ley-general-electricidad.pdf. Consultado el 22 de agosto de 2026. - Asamblea Legislativa de El Salvador. Reforma que traslada las competencias eléctricas a la DGEHM. Aprobada el 2 de julio de 2026. Consultado el 22 de agosto de 2026.
El registro completo de documentos primarios, con su estado de verificación, está en Fuentes primarias.